El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de dicho representante, a bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. El incumplimiento de esta obligación se considera falta grave en materia laboral, y en su caso, la nulidad del finiquito firmado.